MUTUAL VOLUNTARY ARBITRATION AGREEMENT
- 29 Sep 2023
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MUTUAL VOLUNTARY ARBITRATION AGREEMENT
- Actualizado en 29 Sep 2023
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- Agreement to Arbitrate. You and Aspire, LLC (together with its subsidiaries, affiliates, successors and assigns, including, but not limited to, ServiceTitan, Inc., referred to herein as the “Company”), agree to use binding arbitration, instead of going to court, for any Covered Claims that arise or have arisen between you and the Company. You understand that your access to and use of the services and platform of Aspire is subject to your acceptance of the terms of this Agreement to Arbitrate.
This Agreement governs a condition by which you may access and use the Aspire Platform and our related websites, services, applications, products, and content (collectively, the “Services”). It requires that you arbitrate any disputes with the Company, including, but not limited to, those arising under any local, state or federal statutes, regulations, ordinances or common law (the “Covered Claims”), and limits the manner in which you can seek relief.
You understand and agree that arbitration is the only litigation forum for resolving your disputes with the Company, and the Company and you are waiving the right to a trial before a judge or jury in federal or state court in favor of arbitration.
The Arbitrator shall have the authority to award the same damages and other relief that would have been available in court pursuant to the law governing your Covered Claim(s). - Waiver of Class and Collective Claims. The Company and you also agree that Covered Claims will be arbitrated only on an individual basis, and that the Company and you waive the right to bring, participate in, join, or receive money or any other relief from any class, collective, or representative proceeding. You may not bring a claim on behalf of other individuals, and any arbitrator hearing your claim may not: (i) without the consent of all parties, combine more than one individual’s claim or claims into a single case; (ii) participate in or facilitate notification of others of potential claims; or (iii) arbitrate any form of a class, collective, or representative proceeding.
- Enforcement. Any failure to enforce any part of this Agreement at any time shall in no way affect the right to enforce same at a later time against the same or any other party or any current or future claim.
- Internal Dispute Resolution. If you and the Company have a dispute, you and the Company will first try to resolve it amicably. You and the Company agree that both you and the Company will make a good faith effort to resolve the dispute amicably before either you or the Company demands arbitration or files any legal action against the other. So, before either you or the Company demands arbitration or files any legal action against the other, you and the Company agree that the party initiating the claim must notify the other in writing of the intent to initiate an informal resolution process and participate in good faith in the resolution process. That process is described below.
i. Notice of Dispute. To tell the Company that you want to start the informal dispute resolution process, you must email legal@servicetitan.com. Please include your name, your valid email address where you can be contacted, a telephone number where we can reach you, your country and state of residence (where applicable), and a description of your claim and alleged harm.
The party initiating the informal dispute resolution process may only submit an individual notice on its own behalf. Any attempt to send notices on behalf of more than one individual at one time is invalid as to all such requests.
ii. Response to Notice of Dispute. Whichever party receives the written notice will have 90 days to respond. Both you and the Company agree that both of us will fully participate in the process, which may include participating in an individual telephone or video conference, if requested by the party receiving the notice of dispute. Each party must personally attend the conference, if requested, and either party may also be accompanied by an attorney.
If the dispute has not been resolved after the response time has expired or the date of any conference, whichever is later, either party may initiate arbitration according to Section 5. Engaging in this informal dispute resolution process is a requirement that must be completed before commencing arbitration, and an arbitrator or court shall dismiss any claims filed without fully and completely complying with these informal dispute resolution procedures. The statute of limitations and any filing fee deadlines shall be tolled while the parties engage in the informal dispute resolution process required by these terms. - How to File for Arbitration. To file a demand for arbitration:
i. The party desiring to pursue a legal dispute must prepare a written demand setting forth the claim(s). If you wish to initiate arbitration, you must email or prepare a written demand and send it to legal@servicetitan.com that describes the nature of the claims/dispute, a summary of the facts supporting your claim, and the relief sought. The payment of the initial filing fees will be governed by the JAMS Arbitration Rules and Procedures effective at the time of filling. Once your filing fee is received, the Company will submit the Demand for Arbitration Form and remaining fees to JAMS, the organization administrating this arbitration program. If the Company is the party initiating arbitration, you will receive a Demand for Arbitration Form from the Company and have an opportunity to respond before the Company submits the Demand for Arbitration to JAMS, but you will not owe a filing fee.
ii. The JAMS Arbitration Rules and Procedures effective at the time of filing will apply to Covered Claims. The current version can be found here: http://www.jamsadr.com/adr-rules-procedures/. These rules are modified by the terms of this Agreement as follows:
a. Interpretation of Arbitration Agreement. If a party violates this Agreement by commencing an action in a court of law, then the court (and not an arbitrator) shall have the authority to resolve any disputes about the interpretation, formation, existence, enforceability, validity, and scope of the Agreement, including the Waiver of Class and Collective Claims. However, if a party complies with this Agreement and files for arbitration without filing a complaint in a court of law, then the Arbitrator shall have the authority to resolve any disputes about the interpretation of the Agreement for purposes of discovery or the merits of the underlying claim, but shall have no authority to resolve any disputes about the formation, existence, enforceability, or validity of the Agreement, including the Waiver of Class and Collective Claims.
b. Costs and Fees. The payment of all filing, administration, and arbitration fees will be governed by the JAMS Arbitration Rules and Procedures effective at the time of filling. Otherwise, the parties each shall bear their own standard litigation type costs such as deposition fees, transcript fees, witness fees, and attorneys’ fees, except as may be awarded in a matter authorized by and consistent with this Agreement and applicable law.
c. Location. The arbitration shall take place at a mutually convenient location in the state where you reside, unless the parties mutually agree to an alternative location.
d. Selecting an Arbitrator. A list of nine (9) potential arbitrators will be submitted to the parties by JAMS. From that list, the Company and you will each have the opportunity to strike up to three names and “rank” your preference for the remaining names, and JAMS shall select a neutral arbitrator that is highest ranked by both parties and not stricken by either party.
e. Arbitrator’s Authority.
- The Arbitrator shall have the authority to award only such remedies as could be awarded by a court based upon the applicable statutes of limitations, administrative prerequisites to suit, and applicable substantive law (which may include injunctive or other equitable relief, as well as an award of attorneys’ fees if permitted by law) based on where you used the Services.
- The Arbitrator shall decide all disputes related to discovery and to the agreed limits on discovery and may allow additional discovery upon a showing of substantial need by either party or upon a showing of an inability to pursue or defend certain claims without such additional discovery;
- For discovery purposes only, the Arbitrator may consolidate claims filed by multiple individual claimants, each on their own behalf, in a single arbitration proceeding, or may conduct a joint hearing for efficiency purposes, so long as the Arbitrator does not certify (conditionally or otherwise) a collective, class, or representative action that includes individuals who have not themselves already submitted their own individual claims;
- The Arbitrator must issue a decision in writing, setting forth in summary form the reasons for the Arbitrator’s determination and the legal basis therefor; and
- The Arbitrator’s authority shall be limited to deciding the case submitted by the parties to the arbitration. Therefore, no decision by any arbitrator shall serve as precedent in other arbitrations except to preclude the same claim from being re-arbitrated between the same parties.
- Confidentiality. Arbitration proceedings are private and confidential, and the parties and the Arbitrator shall be empowered to maintain the private and confidential nature of the arbitration proceeding, testimony, hearing and award. The Arbitrator must allow persons to attend the hearing who have a direct role or interest in the hearing, but shall have the authority to safeguard privacy and confidentiality such as by excluding non-essential persons from the hearing, and by issuing orders to protect the confidentiality of proprietary information, trade secrets or other sensitive information. This confidentiality provision shall not restrain or prohibit a party from investigating, preparing for, or presenting or defending against Covered Claims, and does not apply to a judicial challenge to or enforcement of an award, or to disclosures required or authorized by law or judicial decision.
- Right to Representation. Each party to arbitration has a right to be represented by an attorney in arbitration.
- Settlement. The parties may settle any dispute on a mutual basis without involvement of the Arbitrator.
- Amendment. The Company and you may enter into a revised agreement in writing.
- Savings & Conformity Clause. If any provision of this Agreement is determined to be unenforceable or in conflict with a mandatory provision of applicable law, it shall be construed to incorporate any mandatory provision, or the unenforceable or conflicting provision shall be automatically severed and the remainder of the Agreement shall not be affected. Provided, however, that if the Waiver of Class and Collective Claims is found to be unenforceable, then any claim brought on a class, collective, or representative action basis must be filed in a court of competent jurisdiction, and such court shall be the exclusive forum for such claims.
- Jury Trial Waiver for Matters Heard in Court. To the extent that, for whatever reason, disputes relating to the enforceability of this Agreement are heard in court rather than in arbitration, you and the Company both agree to waive any right to trial by jury, to the maximum extent permitted by applicable law based on where you work(ed) for the Company.
- Opportunity to Review. You agree that you have received a reasonable opportunity to consider this Agreement, and you are hereby advised to consult with an attorney before indicating your agreement to it. You have relied on your own informed judgment, or that of your attorney if any, in deciding to agree to the terms of this Agreement.
- Controlling Law. You understand that the Company is engaged in interstate commerce and you agree that this Agreement is made pursuant to and shall be governed under the Federal Arbitration Act.
- Contact Us. You can reach us at: www.youraspire.com or write us at Aspire, LLC, 390 S. Woods Mill Rd., Suite 200, Chesterfield, MO 63017.
By accessing or using our Services, you confirm that you can form a binding contract with Aspire, that you accept this Agreement and these terms and that you agree to comply with them.
ACUERDO DE ARBITRAJE MUTUO VOLUNTARIO
- Acuerdo de Arbitraje. Usted y Aspire, LLC (junto con sus subsidiarias, afiliados, sucesores y cesionarios, incluido, entre otros, ServiceTitan, Inc., denominado en el presente documento la "Empresa"), acuerdan usar el arbitraje vinculante, en lugar de recurrir a los tribunales, para cualquier Reclamación Cubierta que surja o haya surgido entre usted y la Empresa. Usted entiende que su acceso y uso de los servicios y la plataforma de Aspire están sujetos a su aceptación de los términos de este Acuerdo de Arbitraje.
Este Acuerdo regula una condición por la cual usted puede acceder y utilizar la Plataforma Aspire y nuestros sitios web, servicios, aplicaciones, productos y contenidos relacionados (colectivamente, los “Servicios”). Dicha condición exige que usted acepte someter a arbitraje toda disputa que pueda tener con la Empresa, incluidas, entre otras, aquellas que surjan en virtud de estatutos, regulaciones, ordenanzas o leyes consuetudinarias locales, estatales o federales (las "Reclamaciones cubiertas"), y limita los recursos que usted puede interponer.
Usted entiende y acepta que el arbitraje es el único foro de litigio para resolver sus disputas con la Empresa, y la Empresa y usted renuncian al derecho a un juicio ante un juez o un jurado en un tribunal federal o estatal a favor de resolver dichas disputas mediante arbitraje.
El Árbitro tendrá autoridad para otorgar en su laudo los mismos daños y otras compensaciones que habrían estado disponibles en un tribunal de acuerdo con la ley que rige su Reclamación o Reclamaciones Cubierta(s). - Renuncia a reclamaciones colectivas y de clase. La Empresa y usted acuerdan asimismo que las Reclamaciones cubiertas se someterán a arbitraje solamente a título individual y que la Empresa y usted renuncian al derecho de presentar, participar, unirse o recibir dinero o cualquier otra compensación de cualquier acción de clase, acción colectiva o de representación. Usted no podrá presentar una reclamación en nombre de otras personas, y el árbitro que atienda su reclamación no podrá: (i) sin el consentimiento de todas las partes, combinar la reclamación o las reclamaciones de más de una persona en un solo caso; (ii) notificar o facilitar la notificación a otros de posibles reclamaciones; o (iii) ser árbitro en cualquier forma de acción de clase, acción colectiva o de representación.
- Cumplimiento. Cualquier omisión en exigir el cumplimiento de alguna de las partes de este Acuerdo en cualquier momento no afectará de ninguna manera el derecho a hacerla cumplir en un momento posterior contra la misma parte o cualquier otra parte o con respecto a cualquier reclamo actual o futuro.
- Resolución interna de las disputas. Si usted y la Empresa tienen una disputa, usted y la Empresa en primer lugar intentarán resolver la disputa de manera amistosa. Usted y la Empresa acuerdan que harán un esfuerzo de buena fe para resolver la disputa de manera amistosa antes de exigir arbitraje o interponer cualquier acción legal contra la otra parte. Por lo tanto, usted y la Empresa acuerdan que antes de exigir arbitraje o interponer cualquier acción legal contra la otra parte, la parte que inicia la reclamación deberá notificar a la otra por escrito su intención de iniciar un proceso de resolución informal y participar de buena fe en el proceso de resolución. Ese proceso se describe a continuación.
i. Aviso de disputa. Para informar a la Empresa que desea iniciar el proceso informal de resolución de disputas, debe enviar un correo electrónico a legal@servicetitan.com. Indique su nombre, su dirección de correo electrónico válida donde podamos contactarle, un número de teléfono donde podamos comunicarnos con usted, su país y estado de residencia (cuando corresponda) y una descripción de su reclamación y el presunto daño.
La parte que inicia el proceso informal de resolución de disputas solo podrá presentar un aviso individual en su propio nombre. Cualquier intento de enviar avisos en nombre de más de una persona a la vez será inválido para todas esas solicitudes.
ii. Respuesta al aviso de disputa. La parte que reciba el aviso por escrito tendrá 90 días para responder. Tanto usted como la Empresa aceptan que ambos participarán plenamente en el proceso, lo que podrá incluir la participación en una conferencia individual por teléfono o por video, si así lo solicita la parte que recibe el aviso de disputa. Cada parte debe asistir personalmente a la conferencia, si se solicita dicha conferencia, y cualquiera de las partes también puede estar acompañada por un abogado.
Si la disputa no se ha resuelto después de que haya expirado el tiempo de respuesta o la fecha de cualquier conferencia, lo que ocurra más tarde, cualquiera de las partes puede iniciar el arbitraje de acuerdo con la Sección 5. Participar en este proceso informal de resolución de disputas es un requisito que debe completarse antes de iniciar un arbitraje, y un árbitro o tribunal desestimará cualquier demanda que se presente sin haber cumplido plena y completamente con estos procedimientos informales de resolución de disputas. El plazo de prescripción y los plazos de las tasas de presentación se suspenderán mientras las partes participan en el proceso informal de resolución de disputas requerido por estos términos. - Cómo presentar una solicitud de arbitraje. Para presentar una demanda de arbitraje:
i. La parte que desee iniciar una disputa legal debe preparar una demanda por escrito exponiendo las reclamaciones. Si desea iniciar un arbitraje, debe enviar un correo electrónico o preparar una demanda por escrito que describa la naturaleza de las reclamaciones/la disputa, un resumen de los hechos que respaldan su reclamación y la reparación solicitada y enviarla a legal@servicetitan.com. El pago de las tarifas de presentación iniciales se regirá por las Reglas y Procedimientos de Arbitraje de JAMS vigentes al momento de la presentación. Una vez que se reciba su tarifa de presentación, la Empresa enviará el Formulario de Solicitud de Arbitraje y las tarifas restantes a JAMS, la organización que administra este programa de arbitraje. Si la Empresa es la parte que inicia el arbitraje, usted recibirá un Formulario de Solicitud de Arbitraje de la Empresa y tendrá la oportunidad de responder antes de que la Empresa envíe la Solicitud de Arbitraje a JAMS, pero no deberá pagar una tarifa de presentación.
ii. Las Reglas y Procedimientos de Arbitraje de JAMS vigentes al momento de la presentación se aplicarán a las Reclamaciones Cubiertas. La versión actual se puede encontrar aquí: http://www.jamsadr.com/adr-rules-procedures/. Estas reglas son modificadas por los términos de este Acuerdo de la siguiente manera:
a. Interpretación del Acuerdo de Arbitraje. Si una parte viola este Acuerdo e inicia una acción en un tribunal de justicia, entonces el tribunal (y no un árbitro) tendrá la autoridad para resolver cualquier disputa sobre la interpretación, formación, existencia, aplicabilidad, validez y alcance del Acuerdo, incluida la Renuncia a Reclamaciones Colectivas y de Clase. Sin embargo, si una parte cumple con este Acuerdo y solicita arbitraje sin presentar una demanda ante un tribunal de justicia, entonces el Árbitro tendrá la autoridad para resolver cualquier disputa sobre la interpretación del Acuerdo para fines de la exhibición de pruebas o de los méritos de la demanda, pero no tendrá autoridad para resolver ninguna disputa sobre la formación, existencia, aplicabilidad o validez del Acuerdo, incluida la Renuncia de Reclamaciones Colectivas y de Clase.
b. Costos y tarifas. El pago de todas las tasas de presentación, administración y arbitraje se regirá por las Reglas y Procedimientos de Arbitraje de JAMS vigentes al momento de la presentación. De lo contrario, cada una de las partes asumirá sus propios costos normales del litigio, como los honorarios de las declaraciones juradas, los honorarios de transcripción, honorarios de testigos y honorarios de abogados, excepto que sean objeto de laudo en una causa autorizada y compatible con este Acuerdo y la ley aplicable.
c. Ubicación. El arbitraje se llevará a cabo en un lugar mutuamente conveniente en el estado donde usted reside, a menos que las partes acuerden mutuamente un lugar alternativo.
d. Selección del árbitro. JAMS presentará a las partes una lista de nueve (9) árbitros potenciales. De esa lista, la Empresa y usted tendrán la oportunidad de tachar hasta tres nombres y "clasificar" los nombres restantes de acuerdo con su orden de preferencia, y JAMS seleccionará un árbitro neutral que sea el mejor clasificado por ambas partes y que no sea rechazado por ninguna de las partes.
e. Autoridad del Árbitro.
- El Árbitro tendrá autoridad para laudar otorgando únicamente los recursos que podría otorgar un tribunal con base en los plazos de prescripción aplicables, los prerrequisitos administrativos para presentar demandas y el derecho sustantivo aplicable (que puede incluir medidas cautelares u otra reparación equivalente, así como una adjudicación de los honorarios de los abogados si lo permite la ley) según el lugar donde usted utilizó los Servicios.
- El Árbitro decidirá todas las disputas relacionadas con la exhibición de pruebas y con los límites acordados sobre la exhibición de pruebas y podrá permitir exhibición adicional de pruebas si cualquiera de las partes demuestra que existe una necesidad sustancial o si demuestra una incapacidad para presentar o defender ciertos reclamos sin dicha exhibición adicional de pruebas;
- Sólo para fines de la exhibición de pruebas, el Árbitro puede consolidar reclamaciones presentadas por múltiples demandantes individuales, cada uno en su propio nombre, en un solo procedimiento de arbitraje, o podrá llevar a cabo una audiencia conjunta con fines de eficiencia, siempre y cuando el Árbitro no certifique (condicionalmente o de otro modo) una acción colectiva, de clase o de representación que incluya a personas que no hayan presentado ya sus propias reclamaciones individuales;
- El Árbitro debe emitir una decisión por escrito, exponiendo en forma resumida los motivos de su determinación y el fundamento legal de la misma; y
- La autoridad del Árbitro se limitará a decidir el caso sometido a arbitraje por las partes. Por lo tanto, ninguna decisión de ningún árbitro servirá como precedente en otros arbitrajes excepto para impedir que la misma reclamación sea sometida a arbitraje nuevamente entre las mismas partes.
- Confidencialidad. Los procedimientos de arbitraje son privados y confidenciales, y las partes y el Árbitro estarán facultados para mantener la naturaleza privada y confidencial del procedimiento de arbitraje, los testimonios, la audiencia y el laudo. El Árbitro debe permitir que asistan a la audiencia personas que tengan una función o interés directo en la audiencia, pero tendrá la autoridad para salvaguardar la privacidad y la confidencialidad, por ejemplo excluyendo de la audiencia a personas no esenciales y emitiendo órdenes para proteger la confidencialidad de información patentada, secretos comerciales u otra información sensible. Esta disposición de confidencialidad no restringirá ni prohibirá a una de las partes investigar, prepararse, presentar o defenderse de Reclamos Cubiertos, y no se aplica a una impugnación judicial o la ejecución de un laudo, o a divulgaciones exigidas o autorizadas por ley o por un fallo judicial.
- Derecho a la representación. Cada una de las partes del arbitraje tiene derecho a ser representada por un abogado en el arbitraje.
- Conciliación. Las partes podrán resolver cualquier disputa de mutuo acuerdo sin la intervención del Árbitro.
- Modificación. La Empresa y usted podrán acordar una modificación del acuerdo por escrito.
- Cláusula de Conformidad. Si se determina que alguna disposición de este Acuerdo es inaplicable o está en conflicto con una disposición obligatoria de la ley aplicable, se interpretará para incorporar cualquier disposición obligatoria, o la disposición inaplicable o contradictoria se eliminará automáticamente y el resto del Acuerdo no se verá afectado. Salvo que, si se determina que la Renuncia a Reclamaciones Colectivas y de Clase es inaplicable, entonces cualquier reclamación presentada en forma de acción colectiva, de clase o de representación deberá presentarse en un tribunal de jurisdicción competente, y dicho tribunal será el foro exclusivo para esas reclamaciones.
- Renuncia a juicio por jurado para causas que se dirimen en un tribunal. En la medida en que, por cualquier motivo, las disputas relacionadas con la aplicabilidad de este Acuerdo se diriman en los tribunales en lugar de mediante arbitraje, usted y la Empresa acuerdan renunciar a cualquier derecho a juicio con jurado, en la medida máxima permitida por la ley aplicable con base en el lugar donde usted trabaja o trabajó para la Empresa.
- Oportunidad de revisar. Usted acepta que se le ha dado una oportunidad razonable para considerar este Acuerdo y por medio del presente se le recomienda consultar con un abogado antes de indicar su aceptación. Usted ha confiado en su propio juicio informado, o en el de su abogado, si corresponde, al decidir aceptar los términos de este Acuerdo.
- Ley aplicable. Usted entiende que la Empresa se dedica al comercio interestatal y acepta que este Acuerdo se celebra de conformidad con la Ley Federal de Arbitraje y se regirá por ella.
- Contáctenos. Puede comunicarse con nosotros en: www.youraspire.com o escribirnos a Aspire, LLC, 390 S. Woods Mill Rd., Suite 200, Chesterfield, MO 63017.
Al acceder o utilizar nuestros Servicios, usted confirma que está habilitado para celebrar un contrato vinculante con Aspire, que acepta este Acuerdo y estos términos y que acepta cumplirlos.
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